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Los Autónomos aún desconocen estas medidas tributarias, que en gran medida le pueden beneficiar pues ayudarán a reducir el pago de impuestos
Esta ley que entró en vigor, el 1 de enero de 2018, que señala que tendrán la consideración de gasto deducible para la determinación del rendimiento neto en estimación directa de las actividades económicas:
- a) Las primas de seguro de enfermedad satisfechas por el contribuyente en la parte correspondiente a su propia cobertura y a la de su cónyuge e hijos menores de veinticinco años que convivan con él. El límite máximo de deducción será de 500 euros por cada una de las personas señaladas anteriormente o de 1.500 euros por cada una de ellas con discapacidad.
- b) En los casos en que el contribuyente afecte parcialmente su vivienda habitual al desarrollo de la actividad económica, los gastos de suministros de dicha vivienda, tales como agua, gas, electricidad, telefonía e Internet, en el porcentaje resultante de aplicar el 30 por ciento a la proporción existenteentre los metros cuadrados de la vivienda destinados a la actividad respecto a su superficie total, salvo que se pruebe un porcentaje superior o inferior.
- c) Los gastos de manutención del propio contribuyente incurridos en el desarrollo de la actividad económica, siempre que se produzcan en establecimientos de restauración y hostelería y se abonen utilizando cualquier medio electrónico de pago, con los límites cuantitativos establecidos reglamentariamente para las dietas y asignaciones para gastos normales de manutención de los trabajadores., hasta 27 euros al día.
Siempre que cuente con un buen asesoramiento, podrá reducir su factura fiscal, cuente para ello con buenos profesionales que le informen acerca de todo lo necesario para pagar menos impuestos dentro de la legalidad.