La nueva ley de medidas a favor del trabajo autónomo del 2017 la vamos a resumir en cuatro grandes áreas:

  • Supresión de Trabas Administrativas
    1. Los profesionales autónomos podrán cambiar hasta cuatro veces en el mismo año, su base de cotización, para adecuarla en función de sus intereses e ingresos.
    2. Los autónomos podrán darse de alta y de baja en el RETA hasta un máximo de tres veces al año, para que solo paguen por los días que hayan trabajado en cada período.
    3. Se reducen, y no sólo para los autónomos, los recargos de la Seguridad Social a la mitad del 20% actual al 10% en el primer mes, en caso de pago de la cuota con retraso.
    4. Se devolverá de oficio el exceso de cotización de las personas en pluriactividad (aquellos que cotizan en dos o más regímenes simultáneamente) sin que sea la persona afectada la que deba solicitar su devolución.
    5. Se corrige la cuota de los autónomos societarios vinculándola a la subida del salario mínimo interprofesional, de manera que se determine en los presupuestos generales del Estado (PGE) cada ejercicio, y después de haberlo consensuado con diferentes asociaciones de autónomos. Este año y sin previo aviso, se subió un 8%, lo que provocó un enorme malestar en el colectivo afectado, además de soportar, ya de antemano, una base superior a la mínima de este régimen. Es un aspecto muy delicado por el gran número de afectados (más de un millón de personas) y donde nadie se pone de acuerdo en cuanto a la dirección por la que apuntar. No es igual un autónomo societario que trabaja sólo y factura unas decenas de miles de euros, que una sociedad con varios administradores que factura millones de euros.

 

  • Mejora de la protección Social
    1. Se permite la compatibilización al 100% del trabajo por cuenta propia con la pensión del autónomo.
    2. Tarifa plana para las mujeres que se reincorporen tras la maternidad y exención del 100% de la cuota de autónomos durante 12 meses por cuidado de menores o dependientes, para garantizar una mejor conciliación laboral y familiar.
    3. Se mejoran sustancialmente las condiciones de las personas con discapacidad para emprender y también de los hijos con discapacidad de los autónomos, que podrán contratarlos.
    4. Aparece por fin el reconocimiento del accidente in itinere para los autónomos.
    5. Notable mejora de los programas de formación e información de la Prevención de Riesgos Laborales mediante una mayor participación de las organizaciones de autónomos en los mismos.
    6. Los autónomos tendrán por fin derecho a la formación adaptada a sus necesidades reales para mejorar su consolidación empresarial y su competitividad
  • Fomento de la Actividad Emprendedora

 Se amplía la tarifa plana de 50 euros de 6 meses a un año.

    1. Se podrá reemprender la actividad con tarifa plana tras dos años de haberla interrumpido en una ocasión anterior. Antes había que esperar 5 años.

 Otros Aspectos a tener en cuenta

    1. Se establece un 20% (aunque la comisión ha hecho una propuesta para elevar dicho porcentaje al 30%) de deducción de los gastos de suministros de agua, luz, electricidad y telefonía cuando el autónomo trabaja desde su casa y se establecen deducciones para la manutención afecta a la actividad de hasta 26,66 euros diarios siempre y cuando puedan comprobarse fehacientemente por medios telemáticos (en este aspecto, aún hay muchas cosas que aclarar).
    2. Se ha aprobado la exención del 100% de la cuota de autónomos durante un año para el cuidado de menores o dependientes.
    3. Se les da un mayor protagonismo a los autónomos en la participación de las organizaciones empresariales.
    4. Las organizaciones de autónomos más importantes y representativas pasan a considerarse de utilidad pública.
    5. Las organizaciones también contarán con un año de plazo para entrar en el Consejo Económico Social y para la constitución del Consejo del Trabajo Autónomo

Aunque se han quedado en el tintero medidas tan importantes como por ejemplo definir la habitualidad del trabajo desempeñado, las fórmulas de cotización a tiempo parcial, y cuánto y cómo deben cotizar los autónomos cuyos ingresos no llegan al Salario Mínimo, es bueno emprender el camino reformista que estaba esperando este colectivo como agua de mayo.

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