La  situación en sí para unos padres que han pasado por una tragedia de tan grande envergadura es  muy difícil, dura y traumática, puesto que en realidad en momentos así no se está pensando en nada más que  el dolor que ha causado la muerte de un hijo  que aún no ha nacido.

Sin embargo, lo que nadie  informa y a lo que se tiene derecho es que es  posible cobrar la prestación de maternidad si el no nato ha estado en el vientre de su madre al menos 180 días

La fecha de reconocimiento de la prestación es la fecha de parto del no nato.

La duración de la prestación es  de 16 semanas (4 meses).

PASOS A SEGUIR

  • Primeramente se deberá pedir cita en el INSS que es quien se encarga de gestionar las solicitudes y aprobarlas, es recomendable dentro de lo posible se solicite cuanto antes ya que suele tardar entre 2 a 3 semanas.
  • Mientras tanto, se deberá gestionar en el Municipio donde tuvo lugar el alumbramiento del niño el llamado “Registro de Criaturas Abortivas”, es importante que se realice en el Registro Civil del Municipio, ya que en el Registro Civil Central de Madrid no están aquellos no natos nacidos en otras localidades de Madrid.
  • Se deberá llevar una fotocopia del Dni y la solicitud de la prestación la entregan en el mismo momento, se puede rellenar in-situ, y una copia del informe médico.

La gestión suele tardar entre 4-5 días en los que mediante un mensaje al móvil confirman la aceptación de la misma.

El pago suele efectuarse sobre el día 10 de cada mes.

Si necesita que gestionemos cualquier prestación del INSS no dude en contactar con nosotros estaremos encantados de ayudarles.

 

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