¿Cómo cobrar el paro de una empleada de hogar?

La profesión de empleada de hogar es una de las más desarrolladas hoy en día, sobre todo en determinados grupos de población. Para muchas mujeres es una salida profesional que les permite tener un nivel de vida adecuado y sacar adelante a su familia.  Hoy en día el trabajo es una de las actividades más necesarias para cualquier persona. De esta forma, necesitamos mantenernos activos no solo para sentirnos bien, sino principalmente para poder disponer de unos ingresos que nos permitan vivir y avanzar. En este artículo vamos a hablar sobre como solicitar  el paro empleadas de hogar.

Sin embargo, siempre ha habido muchas controversias en relación con esta profesión porque no siempre las empleadas de hogar han trabajado de una forma estable o con un seguro de trabajo apropiado.

Además, el reconocimiento de esta profesión como una profesión independiente y con los mismos derechos que otras profesiones también se ha producido de forma muy tardía. Sin embargo, en estos días se han publicado noticias muy interesantes para este colectivo que pueden empezar a equipararse a cualquier trabajador por cuenta ajena.

Un Real Decreto que establece el derecho al paro de las empleadas de hogar

Una de las novedades con las que nos hemos topado este último trimestre del año es que se ha aprobado un decreto sobre el derecho a paro empleadas de hogar. Este colectivo ha trabajado durante muchos años sin tener reconocido ningún derecho o bien en unas condiciones en muchos casos al margen de la ley.

Hoy en día esta realidad ya ha cambiado, haciendo que este colectivo empiece a tener un reconocimiento mucho mejor de sus derechos y de las condiciones de trabajo. En esta línea, el gobierno ha aprobado un decreto RD Ley 16/2022 por el cual se reconoce el derecho a paro empleadas de hogar. Esta nueva normativa acabará beneficiando a un número muy elevado de mujeres que

Gracias a este nuevo decreto este colectivo gozará de una mejor protección, ya que no será posible despedir a una empleada de hogar sin motivo justificado.

Esta normativa da continuidad a una tendencia que ya se venía dando en relación con este colectivo, ya que desde el año 2012 ya se habían incorporado en España a estas empleadas de hogar en el régimen general de la seguridad social.

De esta forma, se dio paso a un hito importante para este colectivo como era el hecho de que podían cotizar desde el primer momento en que empezaban a desarrollar su actividad.

De igual forma, si una trabajadora de hogar se encontraba en situación de enfermedad, también se reconocía el derecho a tener una baja laboral. Esto supone un cambio de tendencia importante en los derechos de este colectivo y en el reconocimiento de esta actividad.

Tras la promulgación del real decreto, las empleadas de hogar pueden tener derecho a las prestaciones asistenciales propias de cualquier otro trabajador por cuenta ajena e incluso podrán tener protección en relación con la prevención de riesgos laborales.

¿Cómo se gestionará la prestación por desempleo?

Es importante tener en cuenta cómo se va a llevar a cabo el cumplimiento de este real decreto, ya que hay que tener en cuenta que esta normativa no tendrá efectos retroactivos.

Por tanto, la prestación desempleo empleadas de hogar empezará a ser tenida en cuenta a partir del momento en que se ha aprobado esta normativa. Para ser más exactos, si eres empleada de hogar, empezarás a cotizar para tener derecho a la prestación por desempleo desde el día 1 de octubre.

Algunos aspectos a tener en cuenta a la hora de considerar esta nueva situación de la cotización de las empleadas de hogar son el hecho de que las cotizaciones a la seguridad social estarán bonificadas hasta en un 80 % y habrá una reducción en la aportación empresarial de un 20 % por contingencias comunes.

Por otra parte, el reconocimiento del paro empleadas de hogar también supone un incremento de los tramos de bonificación superior al 20 % considerando aspectos como la composición del hogar o bien los niveles de renta o de patrimonio de la persona empleada de hogar.

Un aspecto importante que debes tener en cuenta es que serán los empleadores los que deban pagar y gestionar la cotización de las empleadas de hogar que desarrollen su actividad al menos durante 60 horas al mes en su vivienda.

¿Cuáles son los derechos de las empleadas de hogar y los requisitos para acceder a la prestación por desempleo?

Una de las primeras cuestiones que generarán dudas a este colectivo en el momento de llevar a cabo la gestión del paro empleadas de hogar es la relativa a los requisitos que deben cumplir estas trabajadoras para realizar la prestación desempleo empleadas de hogar.

Para que una empleada de hogar pueda tener una prestación por desempleo es necesario que haya cotizado al menos durante 360 días en el momento en que haya finalizado su contrato.

Como se ha indicado para la seguridad social, la cotización para el desempleo y para el Fondo de Garantía Salarial (FOGASA) será algo obligatorio para las empleadas de hogar desde el día 1 de octubre de 2022.

Esto supone que, si bien no tiene carácter retroactivo, es decir, no podrán cotizar ni computar para el desempleo para las trabajadoras que hayan trabajado en esta profesión con anterioridad a esta fecha, desde el día 1 de octubre sí que computarán estos plazos para la obtención de la prestación desempleo empleadas de hogar.

De hecho, con la nueva normativa queda claro que las empleadas de hogar no pueden ser despedidas sin previo aviso ni sin un motivo claro. Será necesario que el empleador acredite los motivos de finalización del contrato.

Puede haber diversas situaciones por las cuales se puede finalizar el contrato por parte de un empleador y son los que indicamos a continuación:

  • Una reducción de los ingresos de la familia o un incremento de los gastos. Esta situación puede justificar la necesidad de prescindir de los servicios de la empleada de hogar.
  • Otra de las razones que podrían justificar este despido sería una modificación en las necesidades básicas de las familias que harían innecesario contar con estos servicios contratados.
  • Un comportamiento inadecuado que puede suponer una menor confianza de la familia en el trabajo y las garantías de la empleada de hogar.

En cualquiera de estas circunstancias se puede afirmar que el despido de la empleada de hogar está justificado. De esta forma, si la empleada de hogar ha estado desarrollando su actividad durante más de un año, se debe conocer esta circunstancia al menos con 20 días de antelación al despido.

En el caso de que la empleada de hogar no haya trabajado por un año, al menos el periodo de preaviso al que tiene derecho será de 7 días. Además, en ese periodo de preaviso se establece un periodo de tiempo de 6 horas semanales para que pueda dedicarlos a la búsqueda de un nuevo empleo, siempre y cuando se trate de una persona que haya prestado sus servicios a jornada completa.

Estas horas en las que no trabaje la empleada de hogar por tener que buscar un nuevo empleo no podrán ser reducidas de su salario. Por tanto, tendrán que seguir cobrando su salario íntegro aun cuando haya reducido el número de horas trabajadas.

Además, si son despedidas de forma improcedente podrás recibir una indemnización que será de 33 días de salario por año trabajado con un máximo de hasta 24 meses de cobro.

En el caso de tratarse de un despido por causas objetivas o procedente, el importe de la indemnización será de 20 días por año trabajado y con un tiempo límite de cobro de hasta 12 meses.

¿Cuál es el importe que cobrará una empleada de hogar?

Otra duda habitual en este colectivo es cuánto será el importe que pueden cobrar de la prestación desempleo empleadas de hogar. Hay que tener en cuenta que desde el momento en que este colectivo ha pasado a formar parte del régimen general y tener sus mismos derechos, también se rige por los mismos criterios.

Por tanto, el salario que puede recibir una empleada de hogar debe ser al menos el salario mínimo interprofesional (SMI). Este salario hoy en día está fijado en 1000 euros al mes en 14 pagas o bien 1166 euros al mes en 12 pagas.

Se establece un precio por hora trabajada de 7,29 euros que en el caso de incluir también las vacaciones será de 7,82 euros por hora trabajada.

Una vez que las empleadas de hogar tienen claro que tienen derecho a desempleo, es importante que sepan como cobrar paro empleadas de hogar.

¿Cuáles son los requisitos de los empleadores?

Desde el punto de vista de los empleadores a la hora de gestionar la prestación desempleo empleadas de hogar también hay ciertos requisitos y condiciones que tienen que cumplir a la hora de gestionar esta situación.

Toda esta nueva regularización de las empleadas de hogar también implica obligaciones y responsabilidades para los empleadores. De hecho, se establecen nuevos tipos de cotización por desempleo y FOGASA que se aplican a la base de cotización.

Los nuevos tipos de cotización que se tendrán que poner en marcha entre el 1 de octubre de 2022 y el 31 de diciembre serán para desempleo de un 6,05 %, siendo el 5 % a cargo del empleador y el 1,05 % a cargo del empleado.

En el caso del Fondo de Garantía habrá un 0,2 % que será cargo del empleador en su integridad. Hay que tener en cuenta que la base de cotización a tener en cuenta tiene una relación directa con el salario y el número de horas que se ha trabajado.

Con carácter general, hay que tener en cuenta que el empleador tiene un papel importante en todo el proceso. Por parte del empleador no es necesario hacer nada, porque la cotización al Sistema Especial de Empleados de Hogar se hace según el sistema de liquidación simplificada, de tal forma que será la Tesorería General de la Seguridad Social la encargada de liquidar y recaudar estos importes.

La obligación real que tienen los empleadores a la hora de dar de alta a una nueva empleada de hogar es comunicar los cambios en su retribución. Esto podrán realizarlo a través del portal de la Seguridad Social.

Lo que establece la seguridad social es que el contrato que el empleador haga para los trabajadores debe ser un contrato por escrito y detallado. Si el contrato del empleador no establece bien las características del contrato, se entenderá como un contrato indefinido y a jornada completa.

El empleador podrá incorporar en el contrato un periodo de prueba que no puede superior a dos meses. De cara al paro empleadas de hogar, otra de las dudas que suele tener el empleador es si tiene que dar de alta al trabajador, aunque el tiempo de trabajo en su domicilio sea reducido y trabaje para más hogares.

Ante esta cuestión, la seguridad social establece que el empleador tiene que dar de alta a la trabajadora, aunque solo dedique unos días a trabajar en su hogar o durante unas horas, con independencia de que trabaje en otros hogares.

En caso de despido también hay obligación por parte del empleador de cumplir con ciertos requisitos como el hecho de explicar al trabajador que se está planteando finalizar la relación laboral y los motivos por los cuales va a realizarlo.

Lo que ya no está vigente es finalizar la relación laboral por el llamado desestimiento, de forma que para poder despedir a una empleada de hogar es necesario justificar y argumentar los motivos por los que se finaliza la relación laboral.

De esta forma, si se cumplen adecuadamente estos requisitos, la empleada de hogar puede solicitar la prestación desempleo empleadas de hogar y todo el proceso se realizará de forma legal y sencilla para las dos partes. De esta forma, la empleada de hogar podrá saber cómo cobrar paro empleadas de hogar.

En estos casos hay que tener en cuenta que en caso de despido hay que abonar los conceptos básicos como el salario, horas extra, las vacaciones no disfrutadas y las pagas extra si las hubiera. Además, será necesario realizar una indemnización de 12 días por año trabajado con un máximo de 6 meses, siempre que el despido esté debidamente justificado.

Cómo solicitar el paro por parte de la empleada de hogar

Si una empleada de hogar se encuentra en la necesidad de solicitar el desempleo por haber sido despedida de forma improcedente, debe saber cómo cobrar paro empleadas de hogar.

Para que una empleada de hogar pueda solicitar la prestación desempleo empleadas de hogar debe darse de alta como demandante de empleo en el SEPE. Una vez registrado en la web del SEPE tendrás que preparar cierta documentación que te describimos a continuación:

  • El modelo de solicitud que recoge el compromiso de actividad.
  • Identificación de la persona solicitante y de los hijos y demás convivientes que tienen su domicilio con la persona solicitante. Para demostrar esto será necesario presentar el DNI.
  • Documentación que acredita la cuenta bancaria del beneficiario en el que aparezca el número de cuenta en el que se ingresará la prestación.
  • El libro de familia o el certificado del Registro Civil de nacimiento.
  • Certificado de empresa en el que debe constar los servicios prestados en el hogar.

Con esta documentación se podrá iniciar el trámite de solicitud del paro empleadas de hogar. Es importante tener en cuenta que existe un plazo para la solicitud de la prestación, que es el que se establece para cualquier régimen general.

Se disponen de 15 días para solicitar la prestación que empezarán a contar desde el momento en que se ha finalizado la prestación laboral. En el caso en que hubiese vacaciones pendientes de disfrutar, ese plazo empezará a contar desde el final de las vacaciones.

Las formas de solicitar la prestación son varias y es posible hacerlo a través de la web del SEPE o bien acudiendo directamente a una oficina de empleo o prestaciones. Para acudir de forma presencial es necesario tener cita previa.

El plazo para la solicitud de la prestación es muy importante, ya que en caso de que se pase el plazo sin solicitarla se perderán días de cobro equivalentes a los días que han trascurrido entre la fecha en que se aprueba la prestación y la fecha en la que se debería haber aprobado de haberla solicitado en tiempo.

Como puedes comprobar, las empleadas de hogar han dado un gran avance en su situación laboral y reconocimiento gracias a este Real Decreto que establece cuáles son las condiciones en las que tienen que ser contratadas y el derecho que se les reconoce.

Sin embargo, si estás en esta situación y no tienes muy claro cómo hacer para solicitar tu prestación desempleo empleadas de hogar, lo más recomendable es que te dejes asesorar por empresas especializadas en este tipo de gestiones. Nosotros podemos ayudarte en este proceso y darte toda la información para que puedas solicitar tu prestación de forma sencilla y asegurarte tu prestación por desempleo.

Ponte en contacto con nosotros y te daremos toda la información que necesitas.

Equipo de Asesores Espinoza y Jimenez

 

 

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