Calendario fiscal 2026 para autónomos en Madrid: todas las fechas clave

Si eres autónomo, el calendario fiscal es lo que marca la diferencia entre trabajar tranquilo y llevarte un susto con Hacienda. No es que las obligaciones sean muchas, es que se acumulan por trimestres y basta despistarse una fecha para que llegue un recargo. Aquí tienes, ordenadas y sin letra pequeña, todas las fechas que un autónomo en Madrid debería tener marcadas en 2026.

Resumen: todas las fechas de un vistazo

Si solo tienes un minuto, esta tabla te da lo esencial. Debajo lo explicamos todo con detalle.

Modelo Qué declara Cuándo se presenta
303 IVA trimestral 20 abr · 20 jul · 20 oct · 30 ene
130 Pago fraccionado del IRPF Igual que el 303
111 Retenciones a trabajadores/profesionales Igual que el 303
115 Retenciones por alquiler Igual que el 303
349 Operaciones intracomunitarias Según volumen (mensual/trimestral)
390 Resumen anual del IVA 1 – 30 de enero
190 Resumen anual de retenciones Hasta el 31 de enero
347 Operaciones con terceros (+3.005,06 €) Durante febrero
Renta IRPF anual Abril – junio

Si domicilias el pago, el plazo se adelanta unos 5 días. Si el último día cae en sábado, domingo o festivo, pasa al siguiente día hábil.

Las declaraciones trimestrales: el ritmo del autónomo

La mayoría de autónomos presenta cada trimestre las mismas autoliquidaciones. Los plazos son fijos y se repiten cuatro veces al año:

  • Primer trimestre (enero–marzo): del 1 al 20 de abril.
  • Segundo trimestre (abril–junio): del 1 al 20 de julio.
  • Tercer trimestre (julio–septiembre): del 1 al 20 de octubre.
  • Cuarto trimestre (octubre–diciembre): del 1 al 30 de enero del año siguiente.

Un detalle que se le escapa a mucha gente: si domicilias el pago en el banco, el plazo se acorta unos cinco días (normalmente hasta el día 15), porque Hacienda necesita margen para tramitar el cargo. Y si el último día cae en sábado, domingo o festivo, se traslada al siguiente día hábil.

¿Qué modelos entran en cada trimestre?

Depende de tu actividad, pero los más habituales son:

  • Modelo 303 – IVA: declaras el IVA que has cobrado menos el que has soportado. Es el rey de los trimestrales.
  • Modelo 130 – pago fraccionado del IRPF: si tributas en estimación directa, adelantas a cuenta de la renta un porcentaje de tu beneficio. (El 131 es el equivalente para quien está en módulos.)
  • Modelo 111 – retenciones: si tienes trabajadores o pagas a profesionales que te facturan con retención.
  • Modelo 115 – retenciones por alquiler: si trabajas en un local arrendado.
  • Modelo 349 – operaciones intracomunitarias: si compras o vendes a empresas de otros países de la UE.

Los resúmenes anuales: enero es el mes clave

Además de los trimestres, en enero se presentan los resúmenes que recapitulan todo el año anterior:

  • Modelo 390 – resumen anual del IVA: del 1 al 30 de enero.
  • Modelo 190 – resumen anual de retenciones (IRPF): hasta el 31 de enero.
  • Modelo 180 – resumen anual de retenciones por alquiler: también en enero, si has presentado el 115.

Y ya en febrero llega el modelo 347, la declaración de operaciones con terceros: hay que informar de clientes o proveedores con los que hayas superado los 3.005,06 € en el año. Se presenta durante todo el mes de febrero.

La Renta: abril a junio

La campaña de la Renta arranca a principios de abril y se cierra a finales de junio. En 2026 se presenta la declaración correspondiente a los ingresos de 2025. Para un autónomo es un momento importante, porque es donde se ajustan de verdad las cuentas: lo que has ido adelantando con el modelo 130 se regulariza aquí. Si domicilias el resultado a pagar, conviene no apurar hasta el último día, porque el plazo para domiciliar suele cerrarse unos días antes del fin de campaña.

¿Qué pasa si se te pasa una fecha?

Presentar tarde no es el fin del mundo, pero cuesta dinero. Si te das cuenta tú y presentas antes de que Hacienda te reclame, se aplica un recargo por presentación fuera de plazo: empieza en un 1 % y sube un 1 % adicional por cada mes completo de retraso, hasta un máximo del 12 % en el primer año. A partir de ahí el recargo es del 15 % más intereses de demora. La buena noticia es que, si pagas el recargo en plazo, Hacienda aplica una reducción del 25 %.

La conclusión práctica es sencilla: es mucho más barato presentar a tiempo, aunque sea sin dinero para pagar (se puede aplazar), que presentar tarde.

Tres consejos para no ir con la lengua fuera

  • Domicilia los pagos. Te olvidas de hacer transferencias y evitas errores de último día. Solo recuerda que el plazo se adelanta.
  • Guarda las facturas al día, no en marzo. El IVA trimestral es rápido de cerrar si tienes los libros ordenados; se convierte en una pesadilla si lo dejas para la última semana.
  • Ten un recordatorio propio para los días 15. Es la fecha real de corte cuando domicilias, no el 20.

Nosotros te lo llevamos al día

En Asesores E&J nos encargamos de todo el calendario fiscal de nuestros autónomos en Madrid: preparamos y presentamos cada modelo en plazo, te avisamos de lo que hay que pagar antes de que llegue la fecha y te explicamos por qué. Así tú te dedicas a tu negocio y nosotros a que Hacienda no te dé sorpresas. Puedes ver cómo trabajamos en nuestra página de gestoría para autónomos en Madrid o consultar nuestros servicios de asesoría fiscal en Madrid.

Preguntas frecuentes

¿Un autónomo tiene que presentar el IVA aunque no haya facturado?

Sí. Mientras estés dado de alta, tienes que presentar el modelo 303 cada trimestre aunque salga a cero o sin actividad. No presentar es lo que genera problemas, no que salga sin importe.

¿Qué diferencia hay entre el modelo 130 y la Renta?

El modelo 130 es un pago a cuenta que adelantas cada trimestre. La Renta (una vez al año) es donde se hace el cálculo definitivo y se regulariza: si adelantaste de más, te lo devuelven; si de menos, lo completas.

¿Puedo aplazar un impuesto si no tengo liquidez ese mes?

En muchos casos sí, se puede solicitar el aplazamiento o fraccionamiento del pago. Lo importante es presentar la declaración en plazo aunque no puedas pagar en ese momento, para evitar el recargo por presentación tardía.

¿Las fechas cambian si el día 20 cae en fin de semana?

Sí. Cuando el último día del plazo coincide con sábado, domingo o festivo, se traslada automáticamente al siguiente día hábil.


Este calendario lo cumplimos por ti si trabajas con la gestoría de Asesores E&J en Madrid. Puedes visitarnos en nuestras oficinas de Ciudad Lineal o La Latina.